Oficial:

Toda persona que ejerce una actividad administrativa o futbolística en el seno de FIFA, una confederación, una asociación o club, sea cual fuere su título y la naturaleza de su función (administrativa, deportiva u otra) y el tiempo de duración de ésta, excluidos los jugadores. Se consideran oficiales los directivos, los árbitros, los entrenadores y, en general, las personas que desempeñan funciones en los equipos (por ejemplo, los gerentes deportivos, los delegados, los preparadores físicos, encargados de material, utilleros, personal facultativo y sanitario, etc.).

DELEGADO DE CAMPO

R.F.E.F. Reglamento General
Libro XVII De las Competiciones Nacionales
Título V De la celebración de los partidos
Capítulo 2º Artículo 305 
Formato: pdf  descargar  Ref. 525 
DELEGADO INFORMADOR

R.F.E.F. Reglamento General
Libro XVII De las Competiciones Nacionales
Título V De la celebración de los partidoss
Capítulo 3º Artículo 306 
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DELEGADOS DE LOS CLUBES
(DELEGADO DE EQUIPO)

R.F.E.F. Reglamento General
Libro XVII De las Competiciones Nacionales
Título V De la celebración de los partidos
Capítulo 4º Artículo 307 
Formato: pdf  descargar   Ref. 527 
CAPITANES

R.F.E.F. Reglamento General
Libro XVII De las Competiciones Nacionales
Título V De la celebración de los partidos
Capítulo 5º Artículo 308 
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