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Fútbol - 11
Obligaciones de los Oficiales
Oficial:
Toda persona que ejerce una actividad administrativa o futbolística en el seno de FIFA, una confederación, una asociación o club, sea cual fuere su título y la naturaleza de su función (administrativa, deportiva u otra) y el tiempo de duración de ésta, excluidos los jugadores. Se consideran oficiales los directivos, los árbitros, los entrenadores y, en general, las personas que desempeñan funciones en los equipos (por ejemplo, los gerentes deportivos, los delegados, los preparadores físicos, encargados de material, utilleros, personal facultativo y sanitario, etc.).
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DELEGADO DE CAMPO R.F.E.F. Reglamento General Libro XVII De las Competiciones Nacionales Título V De la celebración de los partidos Capítulo 2º Artículo 305 |
| Formato: pdf | descargar | Ref. 525 |
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DELEGADO INFORMADOR R.F.E.F. Reglamento General Libro XVII De las Competiciones Nacionales Título V De la celebración de los partidoss Capítulo 3º Artículo 306 |
| Formato: pdf | descargar | Ref. 526 |
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DELEGADOS DE LOS CLUBES (DELEGADO DE EQUIPO) R.F.E.F. Reglamento General Libro XVII De las Competiciones Nacionales Título V De la celebración de los partidos Capítulo 4º Artículo 307 |
| Formato: pdf | descargar | Ref. 527 |
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CAPITANES R.F.E.F. Reglamento General Libro XVII De las Competiciones Nacionales Título V De la celebración de los partidos Capítulo 5º Artículo 308 |
| Formato: pdf | descargar | Ref. 528 |

